Algunas cooperativas, por su naturaleza, están destinadas a disolverse cuando cumplen con su objeto social, como es el caso de las cooperativas de vivienda, a menos que modifiquen su objeto para iniciar otra promoción o una actividad de servicios permanente.
Pero, además, la legislación catalana, al igual que la legislación general, contempla otros motivos por los cuales se puede disolver una cooperativa.
A continuación, aclaramos las dudas que pueden surgir en relación con la disolución y consecuente liquidación de una cooperativa de viviendas en Cataluña.
